FUNDAMENTACIÓN
La escuela es uno de los espacios en donde los niños conviven
muchas horas diariamente por lo que tienen que aprender a vivir y convivir.
Es fundamental
promover climas institucionales favorables con soportes normativos claros y
explícitos para regular la convivencia escolar. La convivencia es una dimensión central de la organización escolar y
prioridad del Sistema Básico de Mejora
Educativa aprender a aprender y aprender a convivir.
Porque la enseñanza, el aprendizaje y la gestión escolar se
centran en las relaciones entre sus actores; para ello es importante que
existan normas y procedimientos que
regulen la convivencia escolar evitando
conflictos, decisiones arbitrarias e injustas.
Por este motivo estableceremos reglas que permitan la
convivencia inclusiva, democrática y pacífica donde todos conozcan sus derechos
y responsabilidades. Normas que se apeguen al enfoque de respeto a los derechos
humanos. Para establecer un marco común
para el manejo de la disciplina en las escuelas y aulas.
Según los marcos normativos
desde su enfoque como meta se
busca enseñar al alumno a tomar decisiones responsables y tener una convivencia positiva,
como supuestos el alumno aprende al
internalizar el sentido de las normas y desarrollar habilidades para
convivir; dando como resultado un alumno disciplinado capaz de tomar decisiones
responsables a favor del bien común, es decir se autorregula. Como efectos en
el desarrollo de su persona se actúa en
razón de las consecuencias para los
otros involucrados. Si se perjudica a alguien, se busca reparar el daño, se
comprende el sentido de las normas y aumenta la posibilidad de respetarlas.
Según el programa sectorial 2013-2018 se pretende:
· Asegurar la calidad de los
aprendizajes en la educación básica y la
formación integral de todos los grupos de la población.
· Fortalecer las capacidades de
gestión de las escuelas, en el contexto
de su entorno, para el logro de los aprendizajes.
· Impulsar ajustes al marco normativo
para establecer con claridad derechos y deberes que faciliten un ambiente
escolar de trabajo, disciplina, responsabilidad, cooperación y concordia.
Según el acuerdo 705, reglas de operación del programa
escuela segura ; su objetivo específico
3: pretende impulsar el desarrollo, aplicación y seguimiento de marcos
locales de convivencia escolar que permitan fortalecer la convivencia y la
seguridad en las escuelas de educación básica.
PROPÓSITO
FAVORECER ALTERNATIVAS DE
TRABAJO QUE PERMITAN A LOS DOCENTES
PROMOVER Y DESARROLLAR UNA CULTURA DE CONVIVENCIA SANA Y PACÍFICA EN SUS
CENTROS ESCOLARES A TRAVÉS DE LA GENERACIÓN DE AMBIENTES DEMOCRÁTICOS.
LOS MARCOS NACIONALES E
INTERNACIONALES DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
La mejor disciplina es la que resulta de un proceso de
comprensión e interiorización de las normas y de la autorregulación por
convicción, no por imposición. Para lograrlo, la labor educativa de las y los
docentes y las madres y padres de familia o tutores, será fundamental. A las
alumnas y los alumnos que ingresen a una escuela una vez iniciado el ciclo
escolar, se les presentará el Marco para la Convivencia Escolar al momento de
incorporarse, procurando un espacio de discusión y análisis para lograr la
comprensión y adhesión a este referente para la convivencia.
La escuela deberá
brindar los apoyos necesarios tanto al educando como a los padres de familia o
tutores en este proceso.
Debe quedar claro que las medidas disciplinarias se aplicarán
únicamente en caso de que una alumna o un alumno presente un comportamiento que
perturbe la convivencia o que atente contra él.
la dignidad de algún miembro de la comunidad o de ella en su
conjunto, e irán acompañadas de un tratamiento pedagógico para cada situación,
incluyendo el reconocimiento por parte de la escuela de factores adversos en
los contextos educativos, a fin de diseñar estrategias que apoyen su
modificación.
Es importante
enfatizar que estas medidas deben ser en todo momento de carácter formativo,
previamente conocido, proporcional a la falta cometida, y sobre todo,
respetuosas de la integridad de quien las recibe.
En ningún caso una
falta de disciplina podrá derivar en medidas que no consideren los derechos y
la integridad de niñas, niños y adolescentes. En particular, no podrá
sancionarse con la negación del servicio educativo o la expulsión de la alumna
o el alumno.
La Ley General de Educación, establece en su artículo 42, que “en la impartición de educación para
menores de edad, se tomarán medidas que aseguren al educando la protección y
cuidado necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social
sobre la base del respeto a su dignidad, y que la aplicación de la disciplina
escolar sea compatible con su edad”.
Artículo 7: establece como fin de la educación “infundir el
conocimiento y la práctica de La democracia como la forma de gobierno y
convivencia que permite a todos participar
en la toma de decisiones al mejoramiento de la sociedad”
Artículo 8: señala que uno de los criterios que orientaran a la
educación es contribuir a la mejor
convivencia humana.
Plan nacional de desarrollo 2013- 2018: advierte que México demanda un
pacto social más fuerte y con plena vigencia con una gobernabilidad
democrática, en la que se lleve a cabo una convivencia social, que tenga como
marco el respeto y la valoración de la igualdad, diversidad y pluralidad.
Programa sectorial de educación 2013 – 2018: asegurar la calidad de los
aprendizajes en la educación básica y la formación integral de todos los grupos
de la población, aporta elementos para trabajar desde un enfoque de convivencia
escolar.
En México, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes, dispone en su artículo 32, lo siguiente: “Se promoverán las
medidas necesarias para que: (…) F. Se impida en las instituciones educativas
la imposición de medidas disciplinarias que no estén previamente establecidas,
sean contrarias a su dignidad, atenten contra su vida, o su integridad física o
mental.
Declaración universal sobre los derechos humanos
art. 2. primer
párrafo: toda persona tiene los derechos y las libertades proclamados en
esta declaración, sin distinción alguna de raza , color, sexo,
idioma, religión, opinión política o de
cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento
o cualquier otra condición. Art. 26: toda
persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita al menos
en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción
elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser
generalizada., el acceso a los estudios superiores será igual para todos en
función de los méritos respectivos, la educación tendrá por objeto el pleno
desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los
derechos humanos y las libertades fundamentales., favorecerá la comprensión la tolerancia
y la amistad entre todas las naciones y los grupos étnicos o religiosos., y
promoverá el desarrollo de las actividades de las naciones unidas para el
mantenimiento de la paz.
Convención americana sobre los derechos humanos
art. 1: los estados partes
de esta convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos
en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté
sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna.
Art. 19: todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición
de menor requiere por parte de su familia, sociedad y del estado.
CATEGORIZACIÓN DE LAS FALTAS
★
Falta leve:
Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia inclusiva, democrática y
pacífica de la comunidad educativa y que no involucren daño físico pero sí
moral y/o psicológico a otros miembros de la misma y que entorpecen el
desarrollo de las actividades institucionales
★
.Falta grave :
Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física, moral y/o
psicológica de cualquier miembro de la comunidad educativa y/o al bien común;
así como acciones deshonestas que alteren la convivencia inclusiva, democrática
y pacífica de la comunidad educativa y aquellas tipificadas como hechos
posiblemente constitutivos de delito.
Ejemplos:
★
a) Desafiar a los directivos o a los docentes, así como
al resto del personal
Identificar la falta
cometida (leve o grave) para
aplicar las medidas restituidas (incumples, reflexionas y reparas)